Registro de Asegurados
Este documento nos permite información general del trabajador y sus beneficiarios, como son: Nombre, Domicilio, Teléfono, Fecha y Lugar de nacimiento, Estado Civil, etc.
Certificado de Designación de Beneficiarios (Pago Póstumo Ordinario)
Pago Póstumo Ordinario: Es el que se fija a favor de los beneficiarios de quien conforme a la Ley 38 tiene la calidad de derechohabientes. Consistirá en el pago de un importe convenido con los organismos, que el Instituto entregará a la muerte de los trabajadores afiliados al propio Instituto. Los Organismos para el cumplimieto de esta prestación aportarán una cuota mensual por cada trabajador e igual cantidad aportará cada uno de los trabajadores, donde éste proporcionará los datos necesarios y designará a sus beneficiarios. El Instituto expide un certificado individual a cada uno de los trabajadores, donde éste proporcionará los datos necesarios y designará a sus beneficiarios. Certificado de Designación de Beneficiarios (Pago Póstumo Extraordinario)
Pago Póstumo Extraordinario: De igual manera esta prestación, se fija a favor de los beneficiarios de quien conforme a la Ley 38 tiene la calidad de derechohabiente en caso de fallecimiento del trabajador tendrá derecho los beneficiarios a percibir como pago póstumo extraordinario una cantidad con referencia al ordinario, que no estará sujeta a descuento alguno. El instituto expide un certificado individual a cada uno de los trabajadores, donde este proporcionará los datos necesarios y designará a sus beneficiarios.
Derechos del Afiliado 





